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Última
actualización Jun 12, 2018
Eduardo Carrillo
Vargas. (Ph.D. Administración).
Lo previó la Constitución del 49 en su artículo 191, con la
creación del Servicio Civil y un estatuto que “regulará las relaciones entre el
Estado y los servidores públicos, con el propósito de garantizar la eficiencia
de la administración”. Y lo manda el principio de equidad contenido en el
artículo 33, que establece la igualdad ante la ley y la prohibición de los
privilegios para unos, que son discriminación para otros. Como ha ocurrido en
muchos otros campos, los políticos ignoraron nuestra Constitución Política.
La Constituyente del 49 previó el ordenamiento
de la gestión pública con un fuerte aporte en el campo de la administración del
recurso humano, elemento originador y ejecutor de las iniciativas de desarrollo
que emanan del Estado costarricense. Como es bien sabido, nuestro Estado es el
eje principal del desarrollo, por su rol determinante de sectores tan
esenciales como educación, salud, seguridad, energía, combustibles, agua e
infraestructura en general. Aunque su mayor imperativo es la equidad, hoy la
eficiencia ha elevado su jerarquía. Su contraparte, la ineficiencia, constituye
el principal obstáculo para lograr el aporte público al bienestar de toda la
población. Sin productividad de los vastos recursos del Estado, no hay
desarrollo ni bienestar social. Y ahí estamos.
Tan pronto como surgió la opción del
ordenamiento del régimen laboral público, también aparecieron las presiones en
favor de intereses corporativos y privilegios especiales. Durante la gestión
Ulate Blanco, 1949-1953, comienza la desbandada del régimen de servicio civil.
Muchas instituciones presionaron por independencia, para liberarse de los
controles del Estado y procurar privilegios especiales. La excelencia inicial
de la Dirección General de Servicio Civil no fue motivo para que los gobiernos
de turno le dieran los recursos que requería para desarrollarse. El interés
especial se impuso sobre el interés nacional. Contrario a la letra y espíritu
del artículo 33 mencionado, hoy compiten por privilegios unos 50 regímenes
laborales del Estado, que es patrón único.
Las consecuencias son claras. La Contraloría
General de la República ha advertido que el régimen de autonomía que ha crecido
no representa ganancias importantes en eficiencia. Además, el impacto negativo
en gobernabilidad es contundente: la lucha por privilegios agota los recursos
públicos, ocupa a la totalidad del Estado y genera, como mecanismo de presión,
huelgas que se revierten sobre los más frágiles, que tienen una mayor
dependencia de los servicios públicos. Hay evidencia también que la calidad de
servicios públicos baja, mientras sus costos suben.
La Administración Alvarado Quesada parece
incursionar en estos campos, según parece, para buscar reformas estructurales.
En días recientes, la Ministra de Hacienda reveló que se hará algún estudio
sobre la macroestructura del Estado, porque, como lo hemos dicho también
nosotros, mas de 300 entidades públicas son simplemente inmanejables y
requieren alguna forma de racionalización y especialización. Peor, tal nivel de
dispersión impide que el Estado cumpla sus objetivos políticos, económicos y
sociales.
También se anuncia alguna propuesta hacia un sistema que defina
las características esenciales del régimen laboral, de tal manera que se pueda
preservar la equidad contenido en el artículo 33 ya mencionado: sin privilegios
para unos funcionarios públicos, que son discriminación para otros. Muy bien
por esta iniciativa, pero para que los beneficios sean sostenibles, es
necesario fortalecer la institución del Servicio Civil, como el gran centro,
con las competencias necesarias para introducir una gestión de personal
adecuada a las metas del Estado (desarrollo en equidad) y a las demandas de la
nueva economía. El Estado debe ser primero en eficiencia, sustentado en un buen
régimen laboral, que deberá promover la productividad del recurso humano, eje
central de un esfuerzo para que las instituciones públicas recuperen la equidad
perdida y puedan brindar su aporte a las metas nacionales de desarrollo y
bienestar social.
Una crítica constructiva al Gobierno: se
repite, una y otra vez, la defensa de los derechos adquiridos. Un buen artículo
titulado ¿Es la anualidad un incentivo salarial intocable?, escrito por Paola
Gutiérrez, ofrece una buena visión de la extensión del derecho adquirido. Pero
sorprende, en especial cuando lo dice el Ministro de la Presidencia, que las
reformas se limitan al Gobierno Central y, se sugiere, que las instituciones
autónomas hagan lo mismo. La independencia es un mito, contrario a la autoridad
que otorga al Poder Ejecutivo nuestra condición de Estado Unitario. Tal
independencia no existe. Lo que sí existe, de acuerdo con la Constitución
Política (CP), es autonomía administrativa, pero no de gobierno, que reside en
el Poder Ejecutivo. Se agrega a ello el principio de RECTORIA, según el cual
las Políticas de Estado son responsabilidad de presidente en asociación con sus
ministros de cada ramo. Como lo sabrá don Rodolfo Piza, hay amplia jurisdicción
al respecto. Sin persistir en este punto, el daño que nos hacen cuando se
ignora esa autoridad de ámbito estatal, es dejar por fuera algo más del 60% de
los recursos públicos en la búsqueda de un mejor y más equitativo desarrollo
nacional.
Otro problema de gestión pública que aporta a
le ineficiencia, son las juntas directivas, muy politizadas. Primero, sus
campos deberían de delimitarse mejor y buscar gerentes de altos niveles de
competencia, preferiblemente estables, para conducir las instituciones
públicas, muchas de ellas entre las más grandes y complejas de la región, por
ejemplo, el MEP, el MOP, INS, CCSS, bancos, etc. Segundo, muchas juntas
directivas son innecesarias, si la responsabilidad política para su conducción
reside en el ministro del ramo respectivo. Todo esto subyace sobre el problema
de ineficiencia, que tiene un alto costo e impacta en la disponibilidad del
recurso público.
Sin embargo, volvamos sobre la gestión de
personal. El Servicio Civil, uno de cuyos campos de especialidad es la
selección de personal, podría realizar, en función auxiliar al presidente y su
gabinete, el proceso de selección previa de candidatos a integrar directivas de
distintas instituciones públicas. Sería una forma de insertar el componente
técnico, en aras de la excelencia, con lo cual se mejora la calidad de la
decisión política.
La administración Alvarado Quesada parece
transitar por una senda sólida de cambio, que nos negó el anterior gobierno, y
varios otros antes de éste. Nuestras notas y sugerencias intentan abrir el
espacio de discusión y buscar un mayor impacto, promoviendo condiciones que
duren a través de décadas futuras. Son en esencia tres: 1) tal vez la más
importante: revisar nuestra condición de Estado Unitario, que sin duda alguna,
le dan al Ejecutivo la autoridad para que las reformas tengan alcance estatal;
2) crear, bajo cualquier formato o denominación, una Ley Marco con las
condiciones laborales comunes a todo el Estado, lo que daría concreción al
principio de equidad contenido en el artículo 33 de la CP; y 3) hacer al
Servicio Civil, como también lo establece la CP, el eje central de la gestión
de personal del Estado, por supuesto, con subsistemas que permitirán a las
instituciones públicas responder a sus requerimientos especiales, dentro de las
disposiciones de la Ley Marco.
PD: como ejemplo de
referencia para ver el ámbito de la autoridad del poder ejecutivo sugerimos
dos: 1) el Dictamen 078, 23/04/1999 de la Procuraduría General de la República
y 2) el artículo El Gobierno de los jóvenes y del bicentenario ¿Más de lo
Mismo?, que incluye varias citas de dicho Dictamen. https://www.larevista.cr/el-gobierno-de-los-jovenes-y-del-bicentenario-mas-de-lo-mismo/
https://www.larevista.cr/una-ley-de-empleo-publico-para-la-totalidad-del-estado-costarricense/
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